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¿QUÉ ES EL CENTRO DE MEDIACIÓN CMED?

Es el espacio que propone la Asociación Mexicana de Franquicias a través de la Mesa Directiva presidida por Mario Briceño (2022 – 2024) para dirimir las controversias que pudieran presentarse entre las marcas franquiciantes y los franquiciatarios buscando el fortalecimiento del sector, dar certidumbre a todas las partes involucradas y velar por en encontrar soluciones que favorezcan por igual, los intereses de franquiciantes, franquiciatarios y proveedores del sector.

La figura mercantil de franquicia nace desde su aparición a finales de los años sesenta y surge como un modelo de negocio que desde entonces y hasta la actualidad sigue siendo punta de lanza de la actividad comercial del país.

Han sido innumerables los esfuerzos de los actores que han participado en el gremio por lograr una normatividad regulatoria en la materia; sin embargo, ante una legislación que contempla al modelo de franquicia desde la visión judicial simplista de un mero contrato entre dos partes, sin atender las singularidades que lo componen, la Asociación Mexicana de Franquicias decidió crear bajo sus estatutos y con la autorización legal que la ley contempla, su propia instancia de atención y solución de controversias, naciendo así el Centro de Mediación de la Asociación Mexicana de Franquicias en 2023.

Este centro tiene como objetivo primordial, regular con transparencia, fiabilidad y promover las mejores prácticas en el sector; así como el deber ético de las partes que se someten a la evaluación de su compromiso y responsabilidad social; tanto para inversionistas como para emprendedores.

Cabe aclarar que el Centro de Mediación es un mecanismo alterno de solución de controversias y corresponde a la búsqueda de una medida extrajudicial cuando las partes en conflicto lo prefieren; de tal manera que se logren reducir los tiempos y gastos que le tomaría a los involucrados, verse obligados a recurrir a una instancia judicial.

¿QUÉ ES LA MEDIACIÓN EN EL SECTOR FRANQUICIAS?

Los desacuerdos y conflictos en el sector de franquicias son un hecho inevitable como en todos los acuerdos comerciales; ya que implican relaciones a largo plazo y de una comunicación eficaz desde el inicio. Por otra parte, incorporan disposiciones que, en algún momento de la relación contractual alguna de las partes puede intentar cuestionar o incumplir.

En este tipo de acuerdo, las partes (franquiciante y franquiciatario) basan su relación comercial en la información inicial que se presenta por parte de la marca al inversionista, así como en la confianza depositada entre los involucrados que han llegado al acuerdo de franquicia.

Por lo que resulta indispensable establecer una comunicación clara y eficaz de tal modo que las partes comprendan los problemas de la contraparte y sean capaces de generar opciones válidas que participen en la solución acudiendo a una instancia neutral que pueda mediar entre los intereses de ambos.